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Un juzgado de Madrid investigará a Díaz Ferrán por la quiebra de Seguros Mercurio

Considera que no se trata de los mismos hechos que investiga la Audiencia Nacional por el vaciamiento del Grupo Marsans

25/10/2013

8:32 horas

En mayo de 2012, el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid declaró a Díaz Ferrán culpable de la quiebra de Seguros Mercurio.

En mayo de 2012, el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid declaró a Díaz Ferrán culpable de la quiebra de Seguros Mercurio.

El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que el Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid y no la Audiencia Nacional es el órgano responsable de investigar al expresidente de la patronal CEOE Gerardo Díaz Ferrán en la causa en la que está imputado por la quiebra de Seguros Mercurio.

Así consta en un auto hecho público este jueves por la Sala Segunda del alto tribunal, que establece, en consonancia con el criterio del Ministerio Fiscal, que aunque existe “sustancialmente identidad” con la causa en la que el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco investiga la venta del Grupo Marsans, de la que Seguros Mercurio formaba parte, no se trata de “los mismos hechos” ni éstos son “conexos”.

El Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid investiga a Díaz Ferrán junto al liquidador del Grupo Marsans, Ángel de Cabo, y su número dos, Iván Losada, por los posibles delitos de presentación de datos falsos, alzamiento de bienes, delitos contables y falsedad de documentos privados.

El titular de este órgano judicial se inhibió a favor del juez Eloy Velasco el pasado 19 de marzo por la posible “conexión en el alzamiento de bienes de la entidad Viajes Marsans”, aunque el magistrado de la Audiencia Nacional remitió la causa al Supremo argumentando que los hechos no reunían los requisitos para ser instruidos en este tribunal.

El responsable del Juzgado Central de Instrucción número 6 alegó que no existía “grave repercusión en la economía nacional, la seguridad del tráfico mercantil o perjuicio patrimonial para una generalidad de personas” y que resultaba más razonable que el caso fuera instruido por “los órganos más cercanos al lugar donde se ubican los autores y se han producido los hechos”.

No hay grupo delictivo organizado

El Supremo establece en su resolución que no puede estimarse que se trate de “un grupo delictivo organizado”, puesto que hay que investigar “la responsabilidad penal particularizada y no previamente organizada de un grupo de sociedades, y no de un grupo criminal constituido para la comisión y realización exclusivamente de actos delictivos”.

En el presente caso, según señala la resolución, no existe más que “una genérica mención a que las defraudaciones han tenido repercusión en Madrid, Baleares o Canarias, sin que exista referencia alguna a la entidad de dicha repercusión por esas defraudaciones”.

Diez operaciones no investigadas

Así, el Supremo apunta que el auto del juzgado madrileño describe “diez operaciones o transacciones que se refieren a compraventas de acciones cuya trascendencia penal se desconoce, así como los perjuicios derivadas de ellas”, por lo que no se puede decir que sean “defraudaciones que pueden afectar gravemente a la seguridad del tráfico mercantil y a la economía nacional”.

La Dirección General de Seguros intervino en marzo de 2010 a la compañía, propiedad del Grupo Marsans que dirigían Díaz Ferrán y su socio, Gonzalo Pascual, ya fallecido, ante su grave situación patrimonial y de liquidez y con el fin de proteger los intereses y derechos de los asegurados.

En mayo de 2012, el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid declaró a Díaz Ferrán culpable de la quiebra de Seguros Mercurio y le impuso a él y a Pascual 15 años de inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como el pago de 12,1 millones de euros para cubrir deudas de la aseguradora.

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