Agencias y TTOO

CEAV confía en cambios a corto plazo en la normativa española del IVA de las agencias

La confederación ha intentado mitigar y prevenir los efectos negativos de la sentencia de 2013 del Tribunal de Justicia Europeo

Publicada 17/06/2014

8:56 horas

 - Actualizada 17/06/2014

12:38 horas

Mercedes Tejero, gerente de CEAV, junto a David González, durante su intervención, el pasado sábado.

Mercedes Tejero, gerente de CEAV, junto a David González, durante su intervención, el pasado sábado.

Tras la sentencia del 26 de septiembre de 2013 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-189/11, fruto de la demanda de la Comisión Europea contra España por incumplir la directiva del IVA en las agencias, CEAV confía en que a corto plazo haya cambios en la normativa española con respecto al régimen especial del impuesto en el sector minorista.

La demanda interpuesta por la Comisión Europea “consideraba que España no aplicaba bien el IVA en las agencias”, según declara el coordinador del grupo de trabajo del IVA de CEAV, David González.

El documento recogía que España incumplía la directiva sobre el IVA hasta en cuatro aspectos. En primer lugar, en la aplicación del régimen especial en aquellos casos en los que el viaje es vendido por la agencia a una persona distinta del viajero. En este caso, la UE dio la razón a España.

Tampoco respeta la norma al excluir, de las ventas efectuadas por las agencias de viajes minoristas, los viajes organizados por agencias mayoristas ni al autorizar a las agencias de viajes a consignar en la factura una cuota global que no guarda relación con el IVA efectivo repercutido al cliente.

En tercer lugar, es contrario a la legislación comunitaria autorizar a las agencias de viajes a determinar la base imponible del impuesto de forma global para cada periodo impositivo.

La directiva sobre el IVA incluye disposiciones especiales (el llamado régimen especial de imposición del margen) para las agencias de viajes que vendan viajes combinados. El objetivo de este régimen es simplificar la aplicación del impuesto, teniendo en cuenta que los diferentes elementos de los viajes combinados pueden situarse en países distintos y, por lo tanto, someterse a distintas normas sobre el IVA.

“Desde la confederación se ha intentado mitigar los efectos negativos de la sentencia y prevenir, por ello, se ha creado una propuesta de trabajo para los próximos dos años”, asegura González.

La sentencia preocupa al sector

CEAV ha reiterado la “preocupación del sector por el contenido de la sentencia”. La patronal de las agencias se ha reunido en varias ocasiones con el Ministerio de Hacienda para valorar posibles alternativas ante la sentencia del TUE, como la adopción del “modelo sueco”, que permite, entre otras cosas, elegir a la agencia el aplicar el régimen general (y no especial) del IVA cuando el cliente sea una agencia.

“Hay que esperar a ver si se produce una modificación de normativa que dé solución a la sentencia”, explica González, quien recuerda que la CE dijo en noviembre de 2013 que “en dos años habrá una nueva propuesta de Directiva”.

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