Aerolíneas

Facua critica que la normativa de viajes en avión europea se haga al dictado de los 'lobbies'

Tras la sentencia que da la razón a Vueling por la denuncia impuesta por una pasajera ante el cobro abusivo en la facturación de su equipaje

22/09/2014

8:54 horas

 Facua defiende que los viajes en avión deben incluir el transporte de equipaje.

Facua defiende que los viajes en avión deben incluir el transporte de equipaje.

La asociación Facua-Consumidores en Acción lamenta la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hecha pública este jueves en la que se opone a la normativa española que obliga a las compañías aéreas a transportar el equipaje del pasajero por el precio del billete de avión, sin que pueda exigirse ningún suplemento de precio.

La organización considera deplorable que, con esta sentencia, la Unión Europea prime los intereses de un modelo de negocio que ofrece menos prestaciones a los consumidores sobre los derechos de los ciudadanos.

Esta sentencia da la razón a Vueling en el litigio que mantenía con el Instituto Galego de Consumo, que le había impuesto una multa de 3.000 euros en 2010, cuando una ciudadana gallega impuso una denuncia contraVueling por haberle impuesto una cláusula abusiva al cobrarle un suplemento por la facturación de equipaje en un vuelo entre A Coruña y Ámsterdam.

Para la organización, los viajes en avión deben incluir el transporte de equipaje, de igual manera que ocurre en desplazamientos en otros medios de transporte como por carretera o por ferrocarril. La sentencia del TJUE, por tanto, prima los intereses comerciales de unas empresas con un modelo de negocio específico sobre los derechos básicos de los ciudadanos. El equipaje de mano, único admitido por el tribunal, también ha ido limitándose cada vez más y, según esta doctrina de primar intereses de las empresas sobre los derechos, terminará desapareciendo.

Facua cree que esta sentencia abre la puerta a que las aerolíneas puedan empezar a cobrar por otros elementos

 Facua considera del todo inadmisible la consideración que hace la sentencia del equipaje facturado, el cual, recoge, "no puede considerarse obligatorio o indispensable para el transporte de los pasajeros", cuando se trata de un elemento unido al tipo de transporte.

El tribunal que, en su sentencia, estima que la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea española "no permite manifiestamente a los transportistas aéreos (…) fijar libremente un precio por el transporte de los pasajeros" omite que la citada ley lo que hace es garantizar los derechos básicos de los ciudadanos en este tipo de transporte.

La organización opina que con una sentencia como esta se abre la puerta a que las aerolíneas puedan empezar a cobrar por otros elementos que hasta ahora se han considerado incluidos en el billete de avión. Así puede ocurrir, por ejemplo, con el equipaje de mano, que el tribunal considera que "en principio" debe incluirse en el precio o a la reserva de un asiento. La asociación rechaza, por tanto, que se limiten los derechos individuales de los pasajeros para aumentar los de un modelo comercial abusivo.

@ NOTICIAS RELACIONADAS
# TAGS

Queremos tu opinión

Quiero recibir avisos de comentarios de esta noticia

1 COMENTARIOS

Angel Luis

22/09/2014 | 10:29 horas

#1

¿De que año dice que es la ley española? uyyyy !!Ley Franquista!! ¿y dice Facua que protege los derechos de los ciudadanos?...vaya, que cuando se olvidan del planteamiento político salen a relucir verdades ocultas...

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios. Si aceptas o continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. Puedes cambiar la configuración u obtener más información aquí   Aceptar