Otras noticias

Cataluña regula las viviendas compartidas, albergues y áreas de autocaravanas

Los pisos de uso turístico estarán gravados con la tasa turística como el resto de alojamientos

Publicada 16/07/2015

8:31 horas

 - Actualizada 16/07/2015

13:10 horas

Las viviendas de uso turístico tendrán que pagar entre 0,45 y 0,65 euros por noche y huésped.

Las viviendas de uso turístico tendrán que pagar entre 0,45 y 0,65 euros por noche y huésped.

El conseller de Empresa y Empleo de la Generalitat, Felip Puig, ha expuesto este martes en el ConsellExecutiu las líneas de la nueva regulación de los alojamientos turísticos en Catalunya, que contempla la regularización y ordenación las áreas de acogida de autocaravanas, viviendas compartidas y albergues turísticos.

En rueda de prensa tras el ConsellExecutiu, Puig ha destacado que se trata de “una puesta del Govern para acreditar los servicios turísticos que se ofrecen y exigirles calidad” y ha destacado que el reglamento es una herramienta para los ayuntamientos que decidirán si lo aplican o no.

En este sentido, ha contrastado el modelo del Govern, que ha calificado de proactivo, con el del Ayuntamiento de Barcelona que ha tachado de “prohibitivo” después de la decisión del gobierno municipal liderado por Ada Colau de aprobar una moratoria de licencias turísticas; aunque ha matizado que no contrarresta la medida que espera concluya lo más pronto posible.

Según Puig, la suya es una apuesta por un turismo responsable y sostenible, por lo que “era necesaria una reordenación de las modalidades de alojamiento que existen” y, además, regular aquellas que han aparecido en los últimos años y que estaban exentas de normas.

Puig cree que era necesaria una reordenación de las modalidades de alojamiento

Así, estas nuevas modalidades turísticas quedarán sujetas al impuesto sobre estancia en establecimientos turísticos, la conocida como tasa turística, con un importe mínimo por noche y huésped de 0,65 euros en Barcelona y 0,45 euros en el resto de Catalunya.

Las áreas de acogida de autocaravanas han sido descritas como espacios debidamente delimitados y abiertos al público para la ocupación exclusiva de autocaravanas en tránsito, a cambio de contraprestación económica: no admiten elementos fijos como bungalows y permiten una estancia máxima de 48 horas.

Para poder compartir vivienda, el oferente, que también será responsable de infracciones e incumplimientos de las obligaciones, debe ser propietario, estar empadronado y pernoctar durante la estancia, y podrá ceder un máximo de dos habitaciones cuatro meses al año.

En relación a los albergues turísticos, son definidos como alojamientos que prestan un servicio temporal en dormitorios con capacidad múltiple, y como condición de prestación de servicio debe incluir la limpieza periódica de las instalaciones comunes y las unidades de alojamiento.

Según el Govern, el objetivo de esta nueva regulación es racionalizar y simplificar la normativa turística, a través de un reglamento único de turismo; ordenar y regularizar la oferta de alojamiento turístico en sus diferentes tipologías, y cumplir con el Plan Estratégico de Turismo, en el ámbito de la modernización y actualización de la normativa turística existente.

Modificaciones en modalidades de alojamiento

La nueva regulación también constará de modificaciones en modalidades de alojamiento turístico que ya existían.

Se permite el régimen de condominio en la titularidad del inmueble que se constituya como establecimiento hostelero o apartamientos turísticos; se equipara el concepto de ‘mobil-home’ y bungalow, se aumenta el porcentaje de elementos fijos permitidos en un cámping (del 40% al 50%), y los cámpings pasaran a categorizarse con el símbolo de estrellas.

También se añade que cualquier vivienda que se comercialice a través de una comercializadora turística se considerará turística, y el ayuntamiento podrá requerir al propietario que informe a los vecinos de la apertura de la vivienda de uso turístico.

En lo referente a la inspección, se dota a la administración de nuevos instrumentos jurídicos y procedimientos para perseguir la actividad turística ilegal.

Además, la normativa se adecua al nuevo marco de régimen de declaración responsable definido por la Ley de Simplificación aprobada por el Parlament, y se implanta la Ventanilla Única Empresarial (Fue) como instrumento interadministrativo de interlocución única con la empresa.

@ NOTICIAS RELACIONADAS
# TAGS

Queremos tu opinión

Quiero recibir avisos de comentarios de esta noticia
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios. Si aceptas o continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. Puedes cambiar la configuración u obtener más información aquí   Aceptar