Agencias y TTOO

La Directiva de Viajes Combinados es una “oportunidad perdida” para acabar con el intrusismo

Fetave ve con preocupación el tratamiento que se hace de la venta cruzada en la nueva normativa comunitaria

03/11/2015

8:30 horas

Con la nueva normativa un consumidor tiene las mismas garantías si compra a través de una agencia online o tradicional.

Con la nueva normativa un consumidor tiene las mismas garantías si compra a través de una agencia online o tradicional.

La Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave) pide “prudencia” respecto a la aprobación del Parlamento Europeo de la modificación de la Directiva de Viajes Combinados, vigente desde 1990, y la califica de “oportunidad perdida” para “acabar con el intrusismo” del sector.

El pleno del Parlamento Europeo ha dado luz verde a las nuevas normas que aseguran el mismo grado de protección para los usuarios que compran sus paquetes de viaje (vuelo, hotel y/o alquiler de vehículo) vía Internet, que los derechos que asisten a los clientes de agencias de viaje tradicionales.

Así, la norma modificada se aplicará tanto a los contratos cerrados con operadores y a los viajes diseñados por el viajero, como a un nuevo modelo, definido como ‘viajes enlazados’, en el que el cliente es redirigido a comprar otros servicios del paquete, como hotel o alquiler de coche, tras, por ejemplo, adquirir un billete de avión.

El presidente de la Asociación de Agencias de Castilla y León, Adolfo Maté, aseguró en declaraciones a Europa Press que este tema hay que tratarlo “con mucha prudencia” y avanzó que aún quedan dos años para que se traslade a la legislación española.

“Que se legisle sobre turismo siempre es bueno porque aporta seguridad jurídica, pero estamos muy preocupados por el tratamiento que hace tanto de la venta cruzada como de las responsabilidades de las agencias de viaje respecto de otros operadores turísticos. Esta sí que es una oportunidad perdida”, asegura el portavoz sobre esta ley en Fetave.

En su opinión “acabar con el intrusismo en el sector es un objetivo y un deseo”, pero no cree que la directiva ayude “especialmente” a terminar con el intrusismo en el sector sino “al contrario”.

“Precisamente por el tratamiento tan liberal que hace de la venta cruzada, sobre todo porque estamos hablando de Internet, que no evita el intrusismo sino todo lo contrario”, justificó.

Traslado a la normativa nacional

Los Estados miembros tienen aún un plazo de dos años para trasladar la normativa comunitaria a sus legislaciones nacionales y otros seis meses para empezar a aplicarla. La regla actual que se aplica al sector turístico data de 1990, era pre-digital.

En este contexto desde Fetave se solicita una actuación coordinada de las comunidades autónomas en el proceso de renovación de la normativa que afecta al sector. “Estoy convencido de que estarán a la altura en el sentido de repartir las diferentes disposiciones entre las comunidades de manera igualitaria y de forma que todos tengan los mismos privilegios”, afirmó.

“Estamos esperanzados de que los españoles seamos capaces de desarrollar la nueva directiva bien y en beneficio sobre todo de la seguridad en el tráfico en materia de turismo, que a fin de cuentas es el sector que está tirando de la economía”, concluyó.

Se queda corta, según la OCU

Por otra parte. la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera que la modificación de la Directiva de Viajes Combinados era “muy necesaria”, teniendo en cuenta que la vigente databa de hace 25 años, pero aprecia aún “lagunas”, que confía se completen en el desarrollo nacional de la normativa.

La nueva Directiva de Viajes Combinados, que no se renovaba desde 1990, protege más que antes al viajero frente a incidentes como la quiebra de proveedores, además de reconocer como viaje combinado los paquetes ‘online’ y los viajes enlazados –donde el usuario es guiado de página en página en la compra–. A efectos legales, los viajes enlazados serán considerados viajes combinados.

Ahora un consumidor tiene las mismas garantías si compra a través de una agencia tradicional que si compra ‘online’ (cancelaciones y demás).

Entre las principales novedades, se podrá cancelar su viaje o recuperar su dinero si el precio total del viaje sube más de un 8% como consecuencia de la subida de carburantes, o si concurren circunstancias inevitables e impredecibles, explican desde Tourism & Law, despacho especializado en el sector.

“Por fuerza era necesario renovar la directiva en dos sentidos importantes: ampliar su ámbito de actuación más allá de lo que eran puramente viajes combinados y la regulación de la venta por Internet”, ha defendido el responsable de relaciones institucionales de la OCU, Enrique García, en declaraciones a Europa Press.

Según explicó, aunque actualmente se recogen los derechos de información, de indemnización y de asistencia estos estaban desarrollados de forma parcial. Por ello se confía en que la integración en la nueva normativa permita un mejor desarrollo.

También es valorable la homogeneización europea de las directivas “sobre todo en un aspecto que conlleva una fuerte transnacionalización como es el caso del turismo”.

Algunas “lagunas” en el texto

Pero en opinión del portavoz de la OCU la directiva “se queda corta en algunos aspectos” como el referido a la necesidad de protección en el caso de que exista un concurso de acreedores en una de las empresas implicadas en el viaje o cuando ocurren circunstancias extraordinarias que impiden la continuidad del viajes.
“Se regula pero de forma insuficiente, por ejemplo consideramos que la obligación de pagar tres noches de hotel por parte del organizador nos parece corto”, justificó.

En la nueva directiva se indica que los consumidores deberán tener toda la información disponible sobre quién es el responsable en caso de surja algún tipo de problemas.

Delimitación ambigua de responsabilidades

En este punto desde la OCU se alerta de que esta delimitación de responsabilidades queda “algo ambigua” y consideran que se debería delimitar más claramente la responsabilidad determinada de la empresa a la que se contrata y la que finalmente presta el servicio.

Desde el momento de su aprobación, los Estados miembros tienen un periodo de dos años para trasladar las modificaciones a la legislación nacional, y seis meses adicionales para comenzar a aplicarlas.

“Es importante la transposición de la directiva a las diferentes legislaciones nacionales porque habrá posibilidad de mejora de derechos. Habrá que estar atentos para en la medida de lo posible cubrir esas lagunas apuntadas”, concluyó el portavoz quien no obstante mostró su satisfacción por la adaptación de la normativa “a los nuevos tiempos”.




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1 COMENTARIOS

Angel Luis

03/11/2015 | 19:48 horas

#1

las agencias de viaje vamos de culo y contra el viento.

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