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El Gobierno aprueba este viernes la norma para que las plataformas de alquiler turístico informen de sus clientes

La declaración será obligatoria para personas y entidades que presten el servicio de intermediación

29/12/2017

8:58 horas

El control sobre los alquileres no declarados es uno de los principales objetivos que cada año se marca la Agencia Tributaria.

El control sobre los alquileres no declarados es uno de los principales objetivos que cada año se marca la Agencia Tributaria.

El Consejo de Ministros aprobará este viernes la norma por la que se obligará a las plataformas de alquiler de viviendas de uso turístico, como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba, a enviar a la Agencia Tributaria a partir del próximo mes de julio la información relativa a los propietarios y los clientes, según informaron a Europa Press en fuentes del Gobierno.

La entrada en vigor de la declaración informativa de la cesión de viviendas con fines turísticos está prevista para el mes de julio y conllevará también la obligación de presentar informes periódicos, con el objetivo de que declaren “con más detalle” su actividad, en el marco de las actuaciones que viene realizando el Ministerio de Hacienda en los últimos años para reforzar la vigilancia sobre el alquiler vacacional y en el mayor control normativo sobre las empresas de alquiler de viviendas y vehículos.

La declaración será obligatoria para personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios, en particular, las personas o entidades constituidas como plataformas colaborativas que intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información, según el nuevo artículo que modifica el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.

La información a suministrar tendrá que contemplar la identificación del titular de la vivienda, la del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y la de las personas o entidades cesionarias.

Asimismo, deberá procederse a la identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral, en su caso; del número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos y del importe percibido, en su caso, por el titular cedente del derecho.

La Agencia Tributaria introdujo como novedad en la Campaña de la Renta de 2015 la advertencia al contribuyente sobre anuncios de alquiler de inmuebles en diferentes medios publicitarios, incluido Internet, y recordando que si se percibían ingresos por este concepto, se debía declararlos.

El control sobre los alquileres no declarados es uno de los principales objetivos que cada año se marca la Agencia Tributaria. Así, durante el pasado ejercicio la AEAT avisó a un total de 21.500 contribuyentes de que tenía constancia de que habían alquilado un inmueble, y que, por tanto, tenían que incluir el dinero que hubiesen recibido por este concepto en su declaración.

Conservar identificación de los beneficiarios

El proyecto de decreto indicaba que “los cedentes del uso de la vivienda con fines turísticos deberán conservar una copia del documento de identificación de las personas beneficiarias del servicio”, y señala que el modelo de declaración, forma, plazo y lugar de presentación se aprobará mediante orden ministerial.

En la redacción del nuevo art.54 se entiende por uso turístico de una vivienda “la cesión temporal de la totalidad de un inmueble amueblado y equipado en condiciones de uso inmediato, cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione, y realizada con finalidad lucrativa y onerosa”.

Quedan excluidos de este concepto, los alojamientos turísticos que se rigen por su normativa específica, el derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles y los alquileres de vivienda, definidos en la Ley 29/1994 de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y el subarriendo parcial de vivienda.

Satisfacción en el sector

Por su parte, Exceltur ya expresó su “satisfacción” por la nueva obligación al considerar que se trata de “un paso muy importante en la erradicación de la opacidad fiscal y falta de cumplimiento de la normativa que regula los alojamientos turísticos”, con la que se ha venido desarrollando el alquiler turístico de viviendas en España.

El lobby turístico, que agrupa a una treintena de empresas turísticas, defiende que la realidad de muchos destinos turísticos españoles (Barcelona, Madrid, San Sebastián, Valencia o Palma) ha corroborado el crecimiento "descontrolado" de las viviendas de uso turístico "amparadas por las nuevas plataformas tecnológicas", y les atribuye ser el factor determinante de los episodios de crecimiento de la congestión turística que ha dado lugar a una contestación social al turismo en los destinos turísticos españoles de mayor éxito.

“Esperamos y deseamos que esta medida, junto con la traslación al sector del alojamiento turístico de los principios que sustentan la reciente sentencia sobre Uber del Tribunal Superior de Justicia Europeo, ayude a hacer partícipes a las plataformas en el cumplimiento de la legislación turística vigente”, remarcó.

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