Agencias y TTOO

Las agencias andaluzas tienen hasta el 8 de junio para adaptarse al nuevo decreto

La norma regula la garantía a los consumidores y simplifica los trámites para los pagos en caso de incumplimiento

Publicada 07/03/2018

11:57 horas

 - Actualizada 08/03/2018

8:49 horas

El nuevo decreto exige a las agencias que faciliten un certificado que acredite el derecho a reclamar del viajero cuando efectúe el primer pago a cuenta del servicio.

El nuevo decreto exige a las agencias que faciliten un certificado que acredite el derecho a reclamar del viajero cuando efectúe el primer pago a cuenta del servicio.

Las minoristas inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía cuentan hasta el 8 de junio para adaptarse al decreto que modifica su regulación reforzando la garantía a los consumidores y simplificando los trámites para el desembolso efectivos de los pagos en casos de incumplimiento.

El decreto que ha sido publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se explica que el decreto entrará en vigor al mes de su publicación y, además, las agencias de viajes dispondrán de un periodo de dos meses, desde la entrada en vigor, para adaptarse a los previstos en el mismo.

Como principal novedad respecto a la regulación actual vigente desde 2002, se precisa el régimen de garantía que tienen que constituir las agencias para responder al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los contratantes de un viaje combinado, así como las condiciones del reembolso efectivo de los pagos si fuera necesario, especialmente en caso de insolvencia.

En este sentido, se establece que las agencias de viajes tendrán que constituir, con anterioridad al ejercicio de la actividad, una garantía de responsabilidad que podrá tener tres modalidades, esto es: individual, mediante seguro, aval u otra cobertura financiera por un importe de al menos 100.000 euros; colectiva, a través de las asociaciones empresariales del sector; y por cada viaje combinado, contratada para cada persona usuaria.

En el momento en que el viajero efectúe el primer pago a cuenta del precio del servicio, la agencia deberá facilitar un certificado que acredite el derecho a reclamar, el procedimiento y los plazos para hacerlo efectivo, así como sus datos de contacto.

Repatriaciones y alojamiento previo

La norma también estipula que, cuando la realización del viaje se vea afectada por la insolvencia de la empresa, la garantía cubrirá sin coste adicional las repatriaciones y, en caso de que sea necesario, el alojamiento previo a las mismas. Los reembolsos se efectuarán en un plazo no superior a un mes, previo requerimiento de la persona afectada.

Las agencias de viajes mayoristas y minoristas que figuran en el Registro de Turismo de Andalucía –un total de 1.646– dispondrán de un plazo de dos meses para adaptarse al decreto, que ha seguido el correspondiente trámite de audiencia a las entidades del sector, a los consumidores y usuarios y a los agentes socioeconómicos.

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