Alojamiento

Marina d’Or pierde su categoría de balneario por no acreditar el empleo de aguas termales

La mercantil recurre la decisión y recuerda que “nadie ha dicho nunca” que sus aguas sean medicinales

23/10/2018

8:43 horas

Anna Ávila ha explicado que Marina d’Or “no puede ofertarse como hidrología, como balneario, pero va a seguir ofreciendo la misma actividad” que hasta ahora.

Anna Ávila ha explicado que Marina d’Or “no puede ofertarse como hidrología, como balneario, pero va a seguir ofreciendo la misma actividad” que hasta ahora.

La Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad de la Generalitat Valenciana ha retirado la calificación de balneario a Marina d’Or y otros diez centros de la Comunidad Valenciana que no han acreditado el empleo de aguas mineromedicinales y termales con fines terapéuticos o preventivos para la salud.

Así lo ha confirmado este lunes en declaraciones a los medios la responsable de esta Dirección General de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, Anna Ávila, que ha explicado que una normativa estatal establece los criterios para poder ofertar servicios de hidrología y tanto la ciudad de vacaciones de Oropesa del Mar (Castellón) como otros diez centros no han podido acreditar su cumplimiento.

En concreto, el Real Decreto establece que la calificación de hidrología requiere de unidad asistencial atendida por un médico especialista en hidrología médica –algo con lo que sí cuenta Marina d’Or– y que utiliza aguas mineromedicinales y termales con fines terapéuticos o preventivos para la salud.

Revisión de los balenarios

Así, a instancias de la Asociación Valenciana de Balnearios, de la Asociación Nacional de la Propiedad Balnearia (Anbal) y del Ministerio de Sanidad, requirió a la Conselleria que revisara todos los centros de la Comunitat Valenciana que tienen la acreditación de balneario.

Por eso, la Dirección General Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad comunicó a los 15 centros que tenían esa denominación en la autonomía la apertura de un expediente para que acreditaran el reconocimiento de las aguas que utilizan como termales o mineromedicinales, ha explicado Ávila.

Según ha señalado la directora general, Marina d’Or no respondió a esta comunicación, por lo que se informó a este complejo de que se iniciaba un expediente de minoración de su actividad, que definían como hidrología, “puesto que no la estaban justificando”.

De este modo, se resolvió y se minoró su actividad, ante lo que la ciudad de vacaciones interpuso un recurso de alzada a la instancia superior, la Secretaría Autonómica, que desestimó dicho recurso al “seguir sin subsanarse la situación”. 

A su vez, el complejo de Oropesa del Mar solicitó que se acreditara que ofrecen hidroterapia y no hidrología, sobre lo que se resolvió de forma positiva porque esta categoría “no requiere la utilización de aguas medicinales, simplemente agua con fines terapéuticos y preventivos para la salud y esto sí lo cumplen”, ha precisado la directora general.

A este respecto, Ávila ha explicado que Marina d’Or “no puede ofertarse como hidrología, como balneario, pero va a seguir ofreciendo la misma actividad” que hasta ahora.

“Sí se les reconoce el uso terapéutico del agua, pero no como hidrología, sino como hidroterapia. Terapia a través del agua, no a través de las características propias del agua, que sería la diferencia”, ha explicado Anna Ávila.

Recurso de Marina d´Or

Ante esta decisión, la entidad Hoteles Marina d’Or SL interpuso un recurso ante la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Por su parte, la Dirección General publicó el pasado 27 de septiembre en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) una resolución por la que ordenaba el envío del expediente administrativo de minoración de la actividad de Hidrología del centro sanitario Clínica Marina d'Or a esta sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y se emplazaba “a las personas que pudieran resultar afectadas para que puedan personarse en autos”.

Además, han destacado que lo publicado alude al servicio de hidrología médica que, “según una antigua ley, indica que el agua para los tratamientos debe ser minero-medicinal declarada de interés público”.

Esta declaración, continúan, “tendría sentido siempre y cuando hablásemos de tratamientos con aguas destinadas a ser bebidas, no siendo éste el caso” y, además, han puesto de relieve que el centro “sí cuenta con un médico especializado en hidrología médica”.

“De cualquier modo, por estos y otros motivos, Marina d’Or ha interpuesto recurso y la decisión final al respecto está por tomar”, han recordado.

“Trabaja con agua del mar”

Desde Marina d’Or también han hecho notar que “nadie ha dicho nunca” que el agua que utilizan sea medicinal y han subrayado que el centro “trabaja con agua del mar” y “así se ha anunciado siempre, como balneario de agua marina”.

“Como otros balnearios y estaciones termales, Marina d’Or se sirve del agua marina para los tratamientos y servicios propios. En las informaciones difundidas se entremezcla la discusión acerca de uno de los muchos servicios ofertados por el centro, como es la hidrología médica, con el hecho de si las instalaciones pueden denominarse o no balneario”, explica el comunicado.

“Balneario, en este caso, de agua marina. Como siempre ha argumentado Marina d’Or”, añade el comunicado de Marina d’Or.

Así, desde el complejo de Oropesa han insistido en que “la hidrología médica es, sencillamente, uno de los muchos servicios ofertados en el centro de salud y belleza que comparte instalaciones con el balneario de agua marina” y han sostenido que “al respecto del agua marina como fuente de salud y bienestar existe documentación y bibliografía científica que acredita su utilidad como tal”.

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