Agencias y TTOO

Fetave cree que la Ley de Viajes Combinados puede provocar sobrecostes a los viajeros

La nueva regulación europea obliga al sector a contar con un aval para responder en caso de insolvencia

15/12/2017

8:59 horas

Fetave defiende que entre las garantías de protección al viajero no se debería incluir a las agencias comercializadoras de dichos viajes.

Fetave defiende que entre las garantías de protección al viajero no se debería incluir a las agencias comercializadoras de dichos viajes.

La Federación Territorial de Asociaciones Empresariales de Agencias de Viaje (Fetave) ha advertido de que la duplicidad de garantías que exige el anteproyecto de Ley sobre los viajes combinados podría provocar “sobrecostes innecesarios a los viajeros”.

La nueva regulación europea sobre los viajes y circuitos combinados obliga al sector a contar un aval o garantía para responder ante los viajeros en caso de insolvencia o quiebra o cuando el viaje combinado no se corresponde con lo contratado en la agencia.

En un comunicado, Fetave defiende que entre las garantías de protección al viajero del anteproyecto no se debería incluir a las agencias comercializadoras de dichos viajes, ya que duplicaría, de “forma innecesaria”, la exigida a la agencia organizadora, “por lo que la del comercializador sería redundante y no ofrecería una mayor protección al viajero”.

La asociación considera que si se establece esta doble garantía se generaría un sobrecoste tanto para las agencias comercializadoras, “con la consiguiente pérdida de competitividad en un mercado cada vez más globalizado”, como para los viajeros a los que les acabarían recayendo esos “sobrecostes innecesarios” sin obtener beneficio añadido.

Por ello, solicita que sean exclusivamente los organizadores de los viajes combinados y de los servicios de viajes vinculados, quienes deban establecer los avales y garantías del viaje responsabilizándose ante el viajero y entregándole, directamente o a través del comercializador, el certificado correspondiente de garantías que exige la Directiva de Viajes Combinados.

La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha solicitado al Gobierno eliminar el aval extra a las agencias que operan en España para cubrir los posibles incumplimientos contractuales del viaje combinado al considerar que quedarían en una situación de “desventaja competitiva” frente a aquellas que lo hagan de otros países de la Unión Europea (UE) a las que solo se les exige una garantía de insolvencia financiera.

En su escrito de alegaciones al anteproyecto, la principal patronal de las agencias de viajes española señala hasta doce alegaciones diferentes a otros puntos del texto por errores de forma, imprecisiones o por ser contrarias a legislaciones superiores.

El Consejo de Ministros dio luz verde en noviembre al anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias para transponer la directiva relativa a los viajes combinados y a los servicios vinculados. En enero, finaliza el plazo para que los países miembros de la UE transpongan esta directiva.

¿En qué consiste?

La nueva directiva de viajes combinados, que no se renovaba desde 1990, protege más que antes al viajero frente a incidentes como la quiebra de proveedores, además de reconocer como viaje combinado los paquetes online y los viajes enlazados –donde el usuario es guiado de página en página en la compra–. Ahora un consumidor tiene las mismas garantías si compra a través de una agencia tradicional que si compra online.

Entre las ventajas de este nuevo marco, los viajeros tendrán la posibilidad de ceder el viaje combinado a otra persona, “con un preaviso razonable” sujeto al pago de gastos adicionales. El precio del viaje solo podrá aumentar si se producen gastos específicos y está expresamente estipulado en el contrato, y siempre y cuando no se produzca en los últimos 20 días anteriores al inicio del viaje.

Según la nueva normativa, el organizador y minorista deberán proporcionar asistencia al viajero en caso de que este se encuentre en dificultades. Los viajeros tendrán derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje. Si el organizador o el minorista incurre en insolvencia, se procederá al reembolso de los pagos.

En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurra en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros.

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