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Baleares prohíbe el ‘balconing’ y el turismo de borrachera

La nueva normativa establece un régimen sancionador, mediante el cual las faltas se sancionan con multas de hasta 600.000 euros, dependiendo del grado de gravedad

20/01/2020

8:40 horas

Pilar Costa (izquierda) junto a Iago Negueruela en la rueda de prensa.

Pilar Costa (izquierda) junto a Iago Negueruela en la rueda de prensa.

El Govern balear prohibirá saltar entre balcones (el ‘balconing’) y el turismo de borrachera gracias un decreto ley, que ha aprobado este viernes el Consell del Ejecutivo, que busca frenar el turismo de excesos en determinadas zonas –Playa de Palma, s’Arenal, Magaluf y el ‘West End’ de Sant Antoni– y fomentar un “cambio real del modelo turístico” debido al “abuso del alcohol” en dichos puntos.

Así lo ha presentado en rueda de prensa tras la reunión semanal Govern el conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, y la consellera de Presidencia, Cultura e Igualdad, Pilar Costa.

Negueruela ha concretado que es una medida “valiente” y pionera en Europa que apuesta por “un turismo sostenible y de calidad”. “Permite combatir distintas prácticas que se producen en las Islas que creíamos que era necesario regular”, ha añadido.

El conseller ha explicado que el decreto es de “carácter inmediato” y, por ello, la aplicación de éste está prevista que sea efectiva a partir de Semana Santa de este 2020. Tendrá una vigencia de cinco años y ha avanzado que no está descartado que, en un futuro, se amplíe a otras zonas del archipiélago.

Para evitar el turismo de borrachera, el decreto incluye la prohibición de la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo de alcohol en establecimientos turísticos, así como las barras libres, ‘happy hours’ o similares. Asimismo, los comercios no podrán venderlo a partir de las 21:30 horas.

En relación al ‘balconing’, Negueruela ha explicado que quedan prohibidas “las prácticas peligrosas para la vida o la integridad física” de las personas y no solo en el ámbito territorial de la norma. Por ello, quien realice estas prácticas será expulsado inmediatamente del establecimiento.

Asimismo, también están prohibidas las excursiones etílicas (‘pubcrawling’), además de su publicidad, su organización y su venta para “evitar recorridos alcohólicos” en las zonas mencionadas. Las fiestas en las embarcaciones, por su parte, tampoco pueden publicitarse y queda suspendida la concesión de nuevas licencias.

Sanciones de hasta 600.000 euros

La normativa establece un régimen sancionador, mediante el cual las faltas se sancionan con multas de hasta 600.000 euros, dependiendo del grado de gravedad. Las faltas muy graves, por ejemplo, incluyen la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido u ofrecer este tipo de bebidas en modalidades de barra libre.

Negueruela ha destacado que la redacción de esta norma se ha producido “después de un amplio diálogo” con distintas asociaciones de comerciantes, sindicales y del sector hotelero, de quienes “han aceptado sugerencias”.

Para mejorar el seguimiento de las medidas contempladas se creará una comisión, formada por el Govern y representantes de Delegación del Gobierno, y una subcomisión, por patronales y asociaciones empresariales y vecinales.

Finalmente, el conseller ha recordado que la normativa cumple con los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y de la Agenda Balear 2030 “en busca de un turismo más sostenible y respetuoso, tanto con el entorno como con la calidad de vida de turistas y residentes”.

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