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Sanidad compensará a Aena por las medidas de refuerzo para el control de entrada de pasajeros

El gestor aeroportuario tomará medidas en materia de contratación y de refuerzo del personal

Publicada 11/06/2020

8:36 horas

 - Actualizada 11/06/2020

13:25 horas

Illa ha indicado que el Gobierno está trabajando “muy bien” con Aena para poner en marcha los mecanismos de seguridad.

Illa ha indicado que el Gobierno está trabajando “muy bien” con Aena para poner en marcha los mecanismos de seguridad.

Aena pondrá a disposición de Sanidad Exterior los recursos humanos, sanitarios y de apoyo necesarios para garantizar el control sanitario de la entrada de pasajeros de vuelos internacionales, lo que se particularizará a través de un convenio de colaboración con Sanidad Exterior que permitirá la compensación a Aena por el desembolso que realice para desarrollar esta labor.

Así se recoge en el real decreto ley aprobado este martes por el Gobierno en el Consejo de Ministros que sentará las bases que regirán la ‘nueva normalidad’. Impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el decreto mantiene la obligatoriedad de mascarillas en la vía pública y en los transportes.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Gobierno ha habilitado a Aena para tomar medidas en materia de contratación y de refuerzo del personal para llevar a cabo estas medidas, además de establecer los mecanismos para compensar este desembolso.

Illa ha indicado que el Gobierno está trabajando “muy bien” con Aena y Puertos del Estado para poner en marcha los mecanismos de seguridad tanto para las personas que visitan España como para los residentes.

El real decreto recoge las previsiones sobre los controles sanitarios y operativos en aeropuertos gestionados por Aena, así como en los puertos de interés general.

Asimismo, añade las disposiciones para que los operadores de transporte puedan adaptar la oferta a la evolución de la demanda para asegurar “una adecuada prestación del servicio” y atendiendo a las medidas de seguridad sanitaria.

Por ello, los operadores de transporte aéreo y los operadores de transporte terrestre con asientos preasignados que discurran por más de una provincia deberán conservar la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas y ponerlo a disposición de las autoridades de salud pública si lo requieren, con la intención de realizar una trazabilidad de los contactos si fuera necesario.

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