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España exigirá a los viajeros de países de riesgo una PCR negativa en las últimas 72 horas

En el formulario que todo pasajero debe cumplimentar antes de la entrada al país, se recogerá una pregunta sobre si dispone de este test

Publicada 12/11/2020

8:58 horas

 - Actualizada 12/11/2020

9:00 horas

La nueva medida se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada.

La nueva medida se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada.

Los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo deberán aportar una prueba de PCR negativa a su entrada en España, que se haya realizado 72 horas antes de llegada, para poder entrar en el país, y su acreditación podrá ser solicitada al pasajero en cualquier momento, según ha informado este jueves el Ministerio de Sanidad.

Esta medida, que será publicada mañana en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el próximo 23 de noviembre, se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada, entre lo que se encuentra el control de temperatura y el control visual.

De este modo, la novedad es que dentro del Formulario de Control Sanitario que todo pasajero debe cumplimentar antes de su entrada en el país se recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España. El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico.

Cuando el Formulario no se haya podido cumplimentar telemáticamente, a través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque. En este caso, deberá ir acompañado con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.

Designación de zonas de riesgo

Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la realización de una PCR, en el caso de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Por el momento, la lista de países europeos a cuyos viajeros se les pedirá la PCR la componen Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Croacia y Dinamarca (excepto las Islas Faroe y Greenland).

Además, quedan incluidos Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Francia, Grecia (excepto las regiones de Kitri, Ionia Nisia, Dytiki Ellada y Sterea Ellada), Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal (excepto la región autónoma de las Isla Azores), Rumanía, Suecia y Liechtenstein.

En cuanto a la lista de terceros países, Sanidad ha incluido a aquellos territorios que cuentan con una incidencia acumulada superior a 150 por 100.000 habitantes en los últimos 14 días.

Dentro de la misma se cuentan Albania, Andorra, Argentina, Armenia, Aruba, Bahréin, Belice, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Rusia, Georgia, Gibraltar, Guam, Jordania, Kuwait, Líbano y Libia.

El listado lo completan Macedonia del Norte, Marruecos, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Palestina, Panamá, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Reino Unido, San Marino, San Martín, Serbia, Suiza, Túnez y Ucrania.

Las agencias de viajes, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de disponer de una PCR con resultado negativo para poder viajar.

Sanidad destaca que esta nueva medida cumple la Recomendación de la UE 2020/1475, que persigue acabar con la disparidad de los modelos de control sanitario implantados por los países de la Unión Europea.

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3 COMENTARIOS

Almudena

12/11/2020 | 12:18 horas

#3

Buenos días. Acabo de regresar de Canarias y me comentaron ( un alojamiento oficial turístico ) que podías llegar a la isla en cuestión ( Fuerteventura ) sin el PCR y allí te ofrecían a través de una clínica especializada hacértelo.
Esto es un gravísimo error...Si tardamos más en embarcar, es lo que toca; si tardamos más en salir, es lo que hay...A cuántas personas puedes contagiar desde origen hasta destino...y me comentaron que sólo para alojarte en hoteles o apartamentos turísticos,...¿Perdón? y, ¿si estudio fuera y vuelvo como EL ALMENDRO...?
En Canarias hay un índice muy bajo ( actualmente) de contagios y el ser un archipiélago aumenta sus limitaciones,...ANTE TODO,RESPONSABILIDAD PERSONAL PERO POR DESGRACIA VEMOS QUE ALGUN@S INCONSCIENTES NO LO TOMAN EN CONSIDERACIÓN. Seamos seri@s. Gracias y a seguir luchando. Venceremos

Cristina Agudo Jove (agente de viajes)

12/11/2020 | 10:49 horas

#2

Buenos dias,
Discrepo, cada uno deberia ser responsable desde el ciudadano hasta el cargo mas alto y cuanto antes abran las fronteras mejor.
Saludos

NEUS

12/11/2020 | 10:13 horas

#1

Ya era hora!!
No entiendo porque han esperado tanto.

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