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El Consejo Europeo prorroga el pasaporte COVID hasta julio de 2023

La Comisión Europea introdujo modificaciones concretas al Reglamento para ampliar la gama de pruebas de antígenos autorizadas

Publicada 15/03/2022

13:41 horas

 - Actualizada 16/03/2022

13:12 horas

El Reglamento vigente por el que se establece el certificado COVID digital de la UE se adoptó el 14 de junio de 2021.

El Reglamento vigente por el que se establece el certificado COVID digital de la UE se adoptó el 14 de junio de 2021.

El Comité de Representantes Permanentes del Consejo Europeo ha aprobado la prórroga del certificado COVID digital de la Unión Europea que propuso en febrero la Comisión Europea.

“Esta herramienta ha sido, sin duda, un importante factor para facilitar la libre circulación de personas durante la pandemia. Además, sigue siendo de aplicación el principio de suprimir gradualmente las restricciones a los viajes si la situación epidemiológica lo permite”, señala en Consejo en una nota de prensa.

El pasado 3 de febrero de 2022, la Comisión Europea propuso prorrogar un año, hasta el 30 de junio de 2023, el Reglamento por el que se establece el certificado COVID digital de la UE.

También introdujo otras modificaciones concretas para ampliar la gama de pruebas de antígenos autorizadas y permitir, por ejemplo, la expedición de certificados de vacunación a las personas que participan en ensayos clínicos.

Los principales cambios introducidos por el Consejo a la propuesta de la Comisión son los siguientes:

Se ha añadido la obligación de la Comisión de presentar un informe detallado antes del 1 de febrero de 2023. Este informe podría ir acompañado, en su caso, de propuestas legislativas que permitan reevaluar la necesidad de revocar o prorrogar el certificado en función de la evolución de la situación sanitaria.

Se ha introducido la posibilidad de que los Estados miembros soliciten un documento de identidad y un certificado de vacunación o de recuperación al objeto de poder incluir todas las dosis en un mismo certificado de vacunación independientemente del lugar de vacunación.

Esta posibilidad facilitaría la obligación de los Estados miembros de expedir un certificado de vacunación válido, independientemente del lugar de vacunación.

Se ha introducido la posibilidad de expedir un certificado de recuperación tras una prueba de antígenos, para tener en cuenta la adopción por la Comisión de un acto delegado que permite expedir un certificado de recuperación tras una prueba rápida de antígenos y también la nueva posibilidad que se prevé en la propuesta legislativa de utilizar otros tipos de pruebas de antígenos.

El Reglamento vigente por el que se establece el certificado COVID digital de la UE se adoptó el 14 de junio de 2021 y se aplica desde el 1 de julio de 2021. Expirará el 30 de junio de 2022.

Para que la prórroga pueda adoptarse a tiempo antes de la fecha de expiración, el Consejo y el Parlamento Europeo deben llegar a un acuerdo antes de esa fecha con arreglo al procedimiento legislativo ordinario.

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