Agencias y TTOO

Fetave denuncia ante la Comisión Europea la obligación de compartir los datos de reservas

La patronal de agencias cree que el Derecho de la UE del RD 933/2021 podría ser ilegal

14/01/2023

8:30 horas

Las agencias de viajes afectadas por la norma se aquejan de carecer de mucha de la información requerida.

Las agencias de viajes afectadas por la norma se aquejan de carecer de mucha de la información requerida.

La Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave), ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea por la presunta ilegalidad que desde la Federación acusan del Real Decreto 933/2021, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

Fetave considera que el Gobierno desoyó las indicaciones de la Comisión al anteproyecto del Real Decreto en las que indicaba que la medida propuesta era desproporcionada e innecesaria y advertía que, de aprobarse sin modificaciones, que Fetave considera que no se han producido, infringiría diferentes normas europeas.

Entre ellas la Directiva 2000/31/CE relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información.

También la Directiva (UE) 2016/680, en relación a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos así como la consolidada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (“TJUE”) en materia de establecimiento de obligaciones de información y protección de datos, por lo que la Comisión entendía que se estaría restringiendo la libre prestación de servicios de la sociedad de la información, así como perjudicando seriamente los derechos de protección de datos y a la intimidad de sus ciudadanos e incluso de los de otros Estados y con ello vulnerando la legalidad comunitaria.

Casos similares en los que podría apoyarse su defensa

Adicionalmente, el 21 de junio del 2022, el Tribunal de Justicia Europea (TJUE) dictó una sentencia que responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Constitucional de Bélgica sobre la conformidad de una ley belga sobre el tratamiento de datos de los pasajeros en relación al Derecho de la Unión y que no siendo trasladable directamente al Real Decreto 933/2021, sí lo es en lo referente a los principios de esa sentencia.

Estos son, que solo podría considerarse un sistema de recogida y tratamiento de datos nacional si este respeta el Derecho de la Unión, donde tanto la protección de datos de carácter personal como el respeto a la intimidad personal y familiar son derechos fundamentales, lo que significa que en caso de amenaza real, actual o previsible la Unión podrá establecer por ley los mecanismos de recogida de datos siempre que se responda a los objetivos generales de la UE y/o a la necesidad de proteger los derechos de los demás. Además, estas medidas habrán de ser siempre transitorias.

Principios que Fetave estima que no cumple el RD 933/2021 y por ello cree imprescindible, y así lo solicita a la Comisión, que se verifique la compatibilidad del Real Decreto con dicha sentencia, pues en ella el TJUE afirma que es contrario al derecho de la Unión Europea una normativa nacional que, en ausencia de una amenaza terrorista real, actual o previsible en el Estado miembro, establezca una transferencia y tratamiento, por parte de las autoridades competentes, de los datos PNR facilitado o un periodo de conservación general de datos de cinco años de aplicación indistinta a todos los pasajeros.

Una entrada en vigor confusa

Pese a que el Real Decreto 933/2021 entró en vigor el pasado 28 de abril del 2022, las previsiones relativas a las obligaciones de comunicación solo han tenido efecto a partir del 2 de enero de 2023, y es por ello que Fetave ha solicitado al Ministerio del Interior, con anterioridad a esa fecha, una reconsideración del citado texto legal a la vista de las observaciones de la Comisión Europea y de la citada sentencia del TJUE, que marca límites que Fetave cree que incumple el Real Decreto 933/2021 de 26 de octubre de 2021 (BOE del 27 de octubre).

Todo ello, sin que su solicitud haya sido atendida de forma que la situación jurídica para la actividad de agencias de viajes y de hospedaje y alquiler de vehículos a motor es la de la plena vigencia de la citada norma, que Fetave cree no ajustada al Derecho de la Unión.

Consecuentemente con lo expuesto, Fetave se ha dirigido al Colegio de Comisarios de la Comisión Europea a través del Comisario de Mercado Interior, para presentar su denuncia y solicitar a la Comisión Europea el análisis del Real Decreto 933/2021 de 26 de octubre de 2021 (BOE del 27 de octubre) del Gobierno del Reino de España a la luz del Derecho de la Unión y, en su caso, trasladar a éste que dicha norma no es compatible con el Derecho comunitario y, mediante los procedimientos establecidos, solicitar la revisión urgente del citado texto legal.

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