Aerolíneas

Se reactiva la venta directa y unitaria del aeropuerto de Ciudad Real

Los administradores concursales mandaron un escrito al magistrado este jueves solicitando esta petición

Publicada 29/01/2016

8:53 horas

 - Actualizada 29/01/2016

10:16 horas

El juez declaró nulo este miércoles el proceso de subasta pública del aeropuerto de Ciudad Real.

El juez declaró nulo este miércoles el proceso de subasta pública del aeropuerto de Ciudad Real.

El titular del Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real, Carmelo Ordóñez, ha dado este jueves por reactivada la venta directa de unidad completa del aeropuerto de Ciudad Real.

El juez lo recoge así en una Providencia emitida este jueves, 28 de enero, tras recibir un escrito por parte de los administradores concursales solicitando esta opción.

En el auto en el que declaraba la nulidad del proceso de subasta pública, este miércoles, el juez daba un día para que los administradores concursales decidieran entre volver a plantear una nueva subasta o iniciar de nuevo la venta directa.

En la Providencia de este jueves, el titular del juzgado señala que, las “ofertas que, de ser presentadas, como ha sido sugerido por la administración concursal, se llevarán a cabo ante este Magistrado en la forma establecida en la providencia de 6/11/2015”.

El juez da traslado del escrito a los acreedores y a la empresa concursada, CR Aeropoertos S.L., ante la posibilidad de que las ofertas realizadas, como indican los administradores concursales, pudieran “afectar a una alteración del plan de liquidación (parcial y/o esencial), o en su caso a alteración de operaciones de liquidación concretas no contempladas en el plan de liquidación (previstas ante supuestos en el plan de liquidación)”.

Plazo para alegaciones

Acreedores y la concursada tienen un plazo de quince días para formular las alegaciones que tengan por convenientes, antes del dictado del auto que en su caso apruebe tales modificaciones puntuales y que han sido solicitadas por la administración concursal.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el propio Juzgado de lo Mercantil, sin efectos suspensivos.

@ NOTICIAS RELACIONADAS
# TAGS

Queremos tu opinión

Quiero recibir avisos de comentarios de esta noticia
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios. Si aceptas o continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. Puedes cambiar la configuración u obtener más información aquí   Aceptar