Agencias y TTOO

Las agencias de viajes ya pueden acogerse al Mecanismo RED

Desde este viernes está disponible la herramienta de ajuste y protección temporal del empleo que sustituye a los ERTE

Publicada 01/04/2022

12:55 horas

 - Actualizada 02/04/2022

8:30 horas

Las agencias contarán con el Mecanismo RED hasta el 31 de diciembre.

Las agencias contarán con el Mecanismo RED hasta el 31 de diciembre.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la aplicación de este mecanismo para el sector, medida que fue aprobada el pasado martes por el Consejo de Ministros.

Como recoge el documento, el mecanismo tiene el objetivo de proteger el empleo ante las crisis económicas y las dificultades del mercado, así como acompañar en los procesos de cambio estructural para fomentar el crecimiento potencial y bienestar de la sociedad, evitando un impacto macroeconómico negativo que resulte en la pérdida de capital humano.

En concreto, esta herramienta está incluida en el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores como mecanismo de flexibilidad y estabilización del empleo, para atender las necesidades excepcionales de naturaleza macroeconómica o sectorial que justifiquen la adopción de medidas de ajuste y protección temporal, así como inversiones de carácter público que ha de contar con la activación del Consejo de Ministros.

La activación de este mecanismo proporciona a las empresas flexibilidad para adaptarse al futuro e incentiva las acciones formativas mediante exoneraciones a la Seguridad Social para culminar el proceso de recuperación del sector.

De esta forma, las empresas que se adhieran tendrán que presentar un plan de recualificación con acciones de formación para posibilitar la recolocación de los trabajadores en otro puesto dentro de la misma empresa, o bien en otras empresas. Las empresas tendrán una exoneración del 40% de las cotizaciones de sus trabajadores a Seguridad Social.

La activación del Mecanismo RED para el sector de las agencias de viajes permitirá que se acojan las empresas cuya actividad se clasifique en los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 7911, 7912 y 7990 a fecha 31 de marzo de 2022.

Estas empresas podrán solicitar la aplicación de las medidas de reducción temporal de jornada y suspensión de contratos de trabajo propias del Mecanismo RED sectorial entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022.

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